¿Te pueden despedir estando de baja por ansiedad? Tus derechos

Sí, te pueden despedir estando de baja por ansiedad, pero no por tener ansiedad. Si la empresa te despide por tu enfermedad, el despido puede ser nulo gracias a la Ley 15/2022. Si alega otra causa y no la demuestra, será improcedente. Y si te despiden, sigues cobrando la baja y tienes 20 días hábiles para reclamar.

Aquí tienes tus derechos ordenados en el tiempo: mientras estás de baja, el día que te despiden y en las semanas siguientes.

Actualizado en octubre de 2026.

¿Cuándo no te pueden despedir estando de baja por ansiedad?

No te pueden despedir válidamente en estos casos:

  • Por el hecho de estar de baja o porque la baja «se alarga». La Ley 15/2022 prohíbe discriminar por «enfermedad o condición de salud» y anula los actos discriminatorios (art. 26).
  • Por tus faltas de asistencia justificadas por la baja. El despido objetivo por absentismo se derogó en 2020 (Ley 1/2020).
  • Como represalia por haber denunciado acoso, haber reclamado tus derechos o haber pedido que tu baja se considere laboral. La Ley 15/2022 incluye las represalias entre las vulneraciones del derecho a la igualdad (art. 4.1).
  • Si estás embarazada o en los supuestos protegidos del art. 55.5 del Estatuto de los Trabajadores: ahí la nulidad es la regla salvo que la empresa pruebe una causa ajena.

Sí pueden despedirte, en cambio, por una causa real y demostrable que no tenga que ver con tu salud: un cierre, una reorganización acreditada o un incumplimiento grave. Lo explicamos con todos los tipos de despido en la guía sobre si te pueden despedir estando de baja.

Paso 1. Mientras estás de baja: lo que te protege

No tienes que contar tu diagnóstico

La empresa sabe que estás de baja, pero de los partes solo recibe datos administrativos, no el diagnóstico (art. 7.2 del Real Decreto 625/2014). Que sepan o no que es ansiedad es decisión tuya.

Tu obligación es curarte, no trabajar

Durante la baja el contrato está suspendido (art. 45.1.c ET). No tienes que trabajar. Lo que sí debes hacer es:

  • Seguir el tratamiento y acudir a las revisiones de tu médico.
  • Acudir a las citaciones del INSS o de la mutua: no ir sin justificación suspende la prestación (art. 175 LGSS).
  • No trabajar en otro sitio ni por tu cuenta sin autorización.

Haz cosas que te ayuden, con respaldo médico

Con ansiedad, salir, pasear, hacer deporte o ver a tu gente suele formar parte de la recuperación. Pero es el terreno donde se apoyan muchos despidos disciplinarios: la empresa contrata un detective y alega que, si haces vida normal, no estás enfermo (art. 54.2.d ET, transgresión de la buena fe). Los tribunales lo valoran caso por caso. Tu mejor defensa es que tu médico o psicólogo recomiende por escrito esas actividades. Si tienes dudas concretas, mira qué puedes hacer estando de baja por ansiedad, si puedes viajar o si puedes salir de casa.

Guarda todo desde ya

Si notas presión («¿cuándo vuelves?», «nos estás dejando tirados», insinuaciones de despido), guarda los mensajes. Si después te despiden, serán tus mejores indicios.

Paso 2. Si tu ansiedad viene del trabajo

La ansiedad causada por acoso, sobrecarga o conflicto laboral cambia dos cosas:

  1. El despido puede ser una represalia, lo que refuerza la nulidad.
  2. Tu baja quizá debería ser por contingencia profesional, no común. Si consigues que se reconozca como accidente de trabajo, cobras el 75 % desde el día siguiente a la baja (art. 173 LGSS y art. 2 del Decreto 3158/1966) y, si te despiden, sigues cobrando lo mismo sin que se descuente del paro (art. 283 LGSS). Cómo pedirlo: baja por ansiedad por acoso laboral.

Paso 3. El día que te despiden

  • Lee la carta con calma (o pide a alguien de confianza que la lea contigo). Debe ser por escrito y contener los hechos o la causa y la fecha de efectos (art. 55.1 y 53.1 ET).
  • Firma como «recibido, no conforme» y pon la fecha. Firmar no es aceptar.
  • No firmes ningún documento de «baja voluntaria» ni un finiquito «con saldo y finiquito» sin que lo revise alguien: si es una baja voluntaria, perderías el derecho a reclamar el despido y al paro.
  • Apunta el día: desde el siguiente empiezan a correr los 20 días hábiles.

Paso 4. Las semanas siguientes: reclamar

  1. Busca ayuda profesional cuanto antes: abogado laboralista, graduado social, sindicato o el servicio de orientación jurídica gratuita de tu colegio de abogados.
  2. Presenta la papeleta de conciliación en el servicio de mediación de tu comunidad. Es obligatoria (art. 63 LRJS) y suspende el plazo (art. 65 LRJS).
  3. Pide la nulidad por discriminación por enfermedad y, en su caso, la indemnización por daño moral (art. 27 Ley 15/2022). Si no hay acuerdo, se presenta la demanda.
  4. Aporta indicios: cercanía entre la baja y el despido, mensajes, buen historial, carta genérica. Con indicios fundados, es la empresa la que debe probar una causa objetiva (art. 30 Ley 15/2022).

Ten en cuenta que la nulidad no es automática. Hay sentencias que, pese a la baja, dejan el despido en improcedente porque no se aportaron indicios suficientes. Qué pruebas sirven y cuáles no lo detallamos en despido estando de baja por depresión: cómo probarlo, porque funcionan igual en ansiedad.

El calendario completo está en me han echado estando de baja: qué hacer en los 20 días.

¿Quién te paga si te despiden de baja por ansiedad y cuánto cobras?

Si tu baja es por enfermedad común (lo habitual), al extinguirse el contrato sigues de baja y cobras la prestación en cuantía igual al paro que te correspondería. Ese tiempo se descuenta del paro posterior (art. 283 LGSS). Ya no te paga la empresa: tienes que pedir el pago directo al INSS o a tu mutua (solicitud IT-1).

Ejemplo (cifras de 2026). Javier, sin hijos, tiene una base de cotización de 1.500 euros y lleva más de 20 días de baja por ansiedad. Le despiden con 1 año y 8 meses de antigüedad y un salario bruto anual de 18.000 euros.

Concepto Cálculo Importe
Baja antes del despido (75 %) 1.500 / 30 = 50 €/día x 75 % 37,50 €/día (1.125 € en 30 días)
Baja después del despido (cuantía del paro, 70 %) 50 €/día x 70 % 35 €/día (1.050 € en 30 días)
Indemnización si es improcedente 18.000 / 365 = 49,32 €/día; 33 días x 1,667 años = 55 días 2.712,60 €
Indemnización si fuera objetivo procedente 20 días x 1,667 años = 33,33 días x 49,32 € 1.644,00 €

El importe de 1.050 euros está entre el mínimo (560 euros) y el máximo (1.225 euros) de la prestación por desempleo para una persona sin hijos en 2026 (SEPE). Para simplificar, el ejemplo usa la misma base para la baja y para el paro; en tu caso pueden variar. Si el despido es nulo, no hay indemnización por despido sino readmisión con los salarios dejados de percibir, más la indemnización por daño moral que fije el juez.

Para el detalle de quién paga cada tramo, lee me despiden estando de baja: quién me paga y cuánto cobro y cuánto cobras de baja por ansiedad.

Cuídate durante el proceso

Un despido en plena baja por ansiedad puede empeorar los síntomas. Cuéntaselo a tu médico o psicólogo; puede ajustar el tratamiento y su informe puede ser útil. Delegar los trámites en un profesional o en tu sindicato también ayuda.

Si en algún momento la angustia te desborda o piensas en hacerte daño, puedes llamar al 024, la línea de atención a la conducta suicida del Ministerio de Sanidad: gratuita, confidencial y disponible las 24 horas.

Tu caso en 3 preguntas

  1. ¿Tu ansiedad la provoca el trabajo (acoso, presión, conflicto)? Sí → lee baja por ansiedad por acoso laboral: ¿común o accidente de trabajo?.
  2. ¿Ya tienes la carta de despido? Sí → qué hacer en los 20 días para reclamar. No, pero temes que llegue → guía: ¿me pueden despedir estando de baja?.
  3. ¿Estás en periodo de prueba o eres fijo discontinuo? → Despido en periodo de prueba estando de baja o fijo discontinuo de baja.

Preguntas frecuentes

¿Es nulo el despido estando de baja por ansiedad?

Puede serlo si aportas indicios de que la ansiedad o la baja fueron el motivo y la empresa no prueba una causa real distinta. No es automático.

¿Me pueden despedir por ir al gimnasio estando de baja por ansiedad?

Ir al gimnasio no es en sí motivo de despido. Lo que se valora es si la actividad es compatible con tu dolencia y con lo que te indicó el médico; tenerlo recomendado por escrito te protege.

¿Me pueden despedir si me dan el alta y no estoy de acuerdo?

El alta no es un despido, pero si no te reincorporas y no la recurres, tus ausencias pueden considerarse injustificadas. Si no estás de acuerdo con un alta, pide información ese mismo día al INSS o a un profesional: los plazos para mostrar disconformidad son muy cortos.

¿Quién paga una baja laboral por ansiedad?

Si es por enfermedad común: los días 4 a 15 la empresa y desde el 16 el INSS o la mutua, aunque normalmente te lo adelanta la empresa en nómina. Si te despiden, pasa a pagarte directamente el INSS o la mutua.

¿Puedo cobrar el paro después de una baja por ansiedad si me despidieron?

Sí, si cumples los requisitos. Lo pides al recibir el alta, y del total se descuenta el tiempo que estuviste de baja después del despido.

Fuentes

Este artículo es informativo y no sustituye el asesoramiento de un abogado laboralista o graduado social. Si tienes un plazo corriendo (por ejemplo, los 20 días hábiles para reclamar un despido), consulta cuanto antes con un profesional o con el servicio de orientación jurídica gratuita de tu colegio de abogados o tu sindicato.